Normativa de buzones

NORMATIVA PARA LA COLOCACIÓN DE BUZONES CIMEROS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA

Al objeto de regular la instalación, mantenimiento, reposición, desinstalación y sensibilidad medioambiental con respecto a los buzones cimeros de los montes de Bizkaia, se aprueba la presente normativa.

Corresponde de manera exclusiva a los clubes de montaña de Euskal Herria y/o a las propias federaciones vasca y territoriales la potestad de instalar, mantener, reponer, y desinstalar los buzones cimeros de nuestros montes.

Corresponde de manera exclusiva a la federación vizcaína de montaña BMF-FVM la potestad de conceder o denegar las autorizaciones pertinentes para las acciones enumeradas en este documento para el territorio histórico.

  • INSTALACIÓN DE BUZONES EN CIMAS SIN BUZÓN: Antes de instalar un buzón en una cumbre, la entidad montañera debe presentar a la BMF-FVM un breve proyecto o memoria donde consten, al menos, los siguientes datos: altitud de la cumbre, toponimia, ubicación exacta (GPS) y boceto del futuro buzón. En lo referente a toponimia y altitud se respetará la recogida en la última revisión del Catálogo de Cimas de Euskal Herria (2014). En el caso de tratarse de una cima no centenaria se solicitará el asesoramiento sobre el nombre más apropiado a la Comisión de toponimia de Euskaltzaindia. La Junta Directiva de la BMF-FVM tendrá finalmente la potestad de decidir sobre la colocación o no del buzón.
  • INSTALACIÓN DE BUZONES EN CIMAS CON BUZÓN: Si el buzón de la cumbre se encuentra en buen estado, atendiendo a motivos medioambientales y de lectura de su objeto, no se instalará otro bajo ningún concepto. Se asume por lo tanto el principio de que como máximo exista un buzón señalizador por cima señalizada.
  • MANTENIMIENTO DE BUZÓN EXISTENTE O MODIFICACIONES DE PLACA: Tras las diversas modificaciones de nombres y altitudes habidas en el nuevo Catálogo de Cimas de Euskal Herria 2014, todos aquellos clubes responsables de la colocación de buzones que deseen colocar nueva placa corrigiendo dichos datos, podrán hacerlo directamente. Se agradece informar previamente por medio escrito a la BMF-FVM. Igualmente cualquier club propietario de un buzón podrá acometer labores de mantenimiento en sus buzones agradeciéndose informar previamente por medio escrito a la BMF-FVM.
  • REPOSICIÓN POR PÉRDIDA O DESAPARICIÓN DE BUZÓN EXISTENTE: A través de la BMF-FVM (a iniciativa propia o por aviso de cualquier club) se notificará la pérdida o desaparición de cualquier buzón al club responsable de su colocación. En caso de no recibir respuesta, pasados 30 días, el resto de los clubes podrán proponer nuevos proyectos de buzón de acuerdo a las exigencias para cima sin buzón (ver primer apartado).
  • REPOSICIÓN POR BUZÓN NUEVO DE BUZÓN GRAVEMENTE DETERIORADO: A través de la BMF-FVM (a iniciativa propia o por aviso de cualquier club) se notificará el estado de grave deterioro de cualquier buzón al club responsable de su colocación, de acuerdo a razones medioambientales o a la imposibilidad de cumplir con su función señalizadora. En caso de no recibir respuesta, pasados 30 días, el resto de los clubes podrán proponer nuevos proyectos de buzón de acuerdo a las exigencias para cima sin buzón (ver primer apartado). En el caso de que un club responsable de la colocación desee reponer un buzón propio gravemente deteriorado lo hará de acuerdo a las exigencias para cima sin buzón (ver primer apartado).
  • DESINSTALACIÓN DE UN BUZÓN: Cualquier club responsable de un buzón podrá decidir en cualquier momento su desinstalación. Para ello deberá comunicarlo a la BMF-FVM por medio escrito a fin de que la federación procure encontrar una entidad interesada en reponer el citado buzón de acuerdo.
  • ENTORNO: La sustitución de los buzones no deberá dejar ningún rastro en el entorno.